Carlos IV. [Auto Gallego, 1806] Real Cedula de S. M. por la Qual en observancia del Auto acordado, que se inserta, se manda conservar la práctica de admitirse por la Real Audiencia de Galicia los recursos ordinarios de fuerza, llamados vulgarmente -Auto Gallego- , y se dclara extensivo a todo género de causas, personas y fueros. Segovia, en la Imprenta de Espinosa, 1806. 30x21 cm. 6 hojas, la última blanca. Escudo real grabado en madera.