[Carlos III] - [Correos Marítimos] Reglas que en execución [...] de la Real Ordenanza de Correo

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Autor: [Carlos III]

[Correos Marítimos] Reglas que en execución [...] de la Real Ordenanza de Correo Marítimo expedida en 26 de Enero de 1777 quiere S. M. se observen en la conducion de Cartas y Pliegos por las embarcaciones de la Real Armada, del Comercio, y de qualesquiera especie especie o clase que sean, desde los Puertos de estos Reynos a los de América y sus Islas, de unos a otros alli, y de aquellos a estos. Dada en El pardo 2 de Abril de 1784.

Lugar: [Madrid],Editorial: s.i.,Año: 1784.Páginas: 2 hojas, impresas tres caras. Texto a linea tirada. Encuadernación de guaflex moderno. Muy buen estado de conservación.Dimensiones: 30x20 cm.

Estas Reglas estan formadas por VII artículos. Es un documento raro en comercio. Art.II: Para que los Administradores de Correos en los Puertos de esta Peninsula y de América puedan con tiempo empaquetar o encaxonar la corespondencia que han de conducir todas las embarciones, como se ordena en el Artículo citado, y avisar al Público, les pasará anticipadamente por escrito el Oficial que mandare el Baxel de guerra, y el Capitán o Patrón de la embarcación mercante noticia del dia en que debe salir, y el Puerto de su destino para que de esta forma el Público se aproveche de la oportunidad: bien entendido que loscaxones o paquetes de cartas los debe llevar todo Navio por carga, y sin acción a pedir nada por razón de flete.

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